¿Cuánto cobraré de desempleo?
Los 180 primeros días, cobrarás el 70% de la base reguladora media de tus últimos seis meses y a partir del día 181 el 60% de la misma, con los límites máximos que establece la ley.
Los 180 primeros días, cobrarás el 70% de la base reguladora media de tus últimos seis meses y a partir del día 181 el 60% de la misma, con los límites máximos que establece la ley.
El tiempo máximo será por dos años, siempre y cuando hayas cotizado los seis últimos años a desempleo.
No, es una excepción en la norma, pues si dejas un empleo voluntariamente, no puedes cobrar el paro.
Que te despidan o la relación laboral temporal se extinga, y haber cotizado un mínimo de un año, dentro de los últimos seis años.
Sí, desde octubre del 2022 las empleadas domésticas cotizan por desempleo, y siempre y cuando la relación laboral se extinga por voluntad del empleador o despido, y se cumplan los requisitos de cotización, tendrán derecho a desempleo.
Es una pensión que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social para aquellas personas que debido a sus patologías médicas y limitaciones no pueden desarrollar su puesto de trabajo habitual, o bien cualquier trabajo.
Como mínimo debes llevar un año trabajado en la empresa, y la misma debe ser por un periodo mínimo de cuatro meses y un máximo de 5 años.
Es una liquidación de haberes, que se entrega cuando la relación laboral se extingue, y la empresa abona al trabajador todos los conceptos que le adeude (días trabajados, parte proporcional de pagas extras o vacaciones pendientes de disfrutar).
Puedes interponer una demanda judicial al amparo del artículo 50 ET, y solicitar por vulneración grave del empresario la rescisión del contrato, con derecho a una indemnización equivalente a la improcedencia del despido.
Por despido improcedente la indemnización es de 33 días por año trabajado, y la de despido objetivo de 20 días por año trabajado, teniendo en cuenta las últimas doce nóminas para calcular la media de tu salario a efectos indemnizatorios.