¿Cuánto cobraré de paternidad o maternidad?
Cobrarás el 100% de la base reguladora media de los últimos doce meses, sin retención de IRPF.
Cobrarás el 100% de la base reguladora media de los últimos doce meses, sin retención de IRPF.
Es una prestación que concede la Mutua de Accidentes de Trabajo para todas aquellas mujeres que estén embarazadas y que el desarrollo de su puesto de trabajo implique un riesgo para el feto y para su embarazo. El cobro de la misma es el 100% de la base reguladora.
Correcto, siempre y cuando se inscriba el hijo/a en el Consulado de España y conste en la partida de nacimiento como progenitor el interesado que solicitará la paternidad.
La baja por maternidad y paternidad en España es de 16 semanas. Las 6 primeras semanas son obligatorias, siendo que las 10 siguientes puedes pactar con tu empresa el cómo disfrutarlas, hasta que tu hijo/a cumpla el año.
Se considerará un accidente in itinere y, por lo tanto, la mutua se hará cargo del pago de tu prestación, cobrando el 75% desde el día siguiente al mismo.
No sin tu consentimiento. La empresa no puede realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de forma arbitraria, pues te da derecho como trabajador a rescindir tu contrato de trabajo, con una indemnización si no la aceptas.
Es un organismo público que trata las denuncias relacionadas con los abusos o irregularidades en materia laboral, y si alguna vez en tu trabajo están incumpliendo la ley, debes denunciarlo, de forma anónima, ante esta administración.
Sí, por escrito y siempre y cuando concedas el preaviso mínimo de 15 días, o bien el que establezca el convenio colectivo según tu categoría profesional.
Necesitarás quince años cotizados a la seguridad social, un periodo de cotización específico de dos años dentro de los últimos quince años cotizados y haber cumplido con la edad ordinaria de jubilación.
Puedes viajar menos de quince días sin avisar al SEPE. Sin embargo, si vas a salir entre 15 y 90 días, debes avisar al SEPE para que suspendan la prestación. Si vas a viajar por un periodo superior a 90 días, debes cancelar el cobro de la prestación.