A la hora de presentar nuestra solicitud de nacionalidad española por residencia todos los documentos deberán estar en vigor en el momento de dicha solicitud.
Para determinar la validez de los documentos hemos de tener en cuenta que en el caso de los certificados se atenderá al plazo de vigencia que conste en el propio documento.
En el caso de certificados de antecedentes penales en los que no conste plazo de validez, se entenderá que tienen una vigencia de seis meses a contar desde su expedición.
El único documento que puede tener vigencia superior a seis meses será el certificado de nacimiento del interesado.
Además, los documentos expedidos por autoridades extranjeras deberán estar debidamente traducidos y legalizados conforme a los Convenios Internacionales.
Si deseas más información sobre la tramitación de la solicitud de la nacionalidad por residencia, puedes ponerte en contacto con nosotros en ANTONIO SEGURA ABOGADOS.