El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Quinta), en su Sentencia nº 4329/2025, dictada en el Recurso de Apelación 1069/2025, ha estimado nuestro recurso frente al archivo de una solicitud de autorización de residencia de larga duración.

La persona interesada había tramitado el procedimiento por su cuenta y la Administración archivó el expediente por no haberse aportado la tasa en su momento e incluso el plazo para interponer recurso de reposición había transcurrido, así que solo nos quedó la vía judicial.

En la vía judicial el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha declarado que:

  • el procedimiento debe retrotraerse
  • debe admitirse el expediente a trámite
  • debe permitirse pagar la tasa en periodo voluntario
  • no es correcto archivar el expediente sin dar opción de subsanación

Esto es especialmente relevante para quienes:

  • tramitaron un expediente por su cuenta
  • tienen archivos por falta de tasas o documentos
  • sufrieron errores formales o electrónicos
  • creen que “ya no hay nada que hacer”.

Un error formal no debe impedir el ejercicio de tus derechos.

En nuestro despacho revisamos:

  • expedientes archivados
  • solicitudes denegadas
  • trámites iniciados por cuenta propia.

De esta manera valoramos qué puede hacerse en cada caso concreto.

Si estás en una situación similar, podemos analizar tu caso.

 

 

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