Si viniste reagrupado en su momento y quién te reagrupó en régimen general ha fallecido deberás tramitar una tarjeta independiente a no ser que ya lleves cinco años residiendo de manera continuada en España. Si fuera así, podrías tramitar una autorización de larga duración.

Si estás en una situación similar contacta con uno de nuestros abogados.

Alba Subirats
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

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