10-11-2014

Bastantes son ya los procedimientos judiciales con éxito que en ANTONIO SEGURA ABOGADOS estamos interviniendo representando a nuestros clientes en cuanto a las multas que se imponen a matrimonios debidamente inscritos en el Registro Civil y que la Oficina de Extranjería considera que son simulados. La Subdelegación del Gobierno en Barcelona impone una sanción, que puede llegar a los 2.000 euros por cónyuge en base a una entrevista que realiza la Policía de la cual derivan que el enlace se celebró en fraude de ley. Pero obvia con ello la presunción iuris tantum de validez del matrimonio siendo que mientras éste sigue inscrito debidamente sigue surtiendo los efectos oportunos, no pudiendo sancionarse por un hecho legalmente constituido y que no ha sido anulado.

La posición que se está tomando por parte del Estado en los procedimientos judiciales, hasta dónde nuestra experiencia alcanza, es que  antes del acto de la vista en el procedimiento judicial contencioso-administrativo, la Subdelegación del Gobierno en Barcelona revoca la multa impuesta ya que  defiende que el Ministerio Fiscal no ha determinado que dicho matrimonio pudiera ser de conveniencia, evitando así que un Juez de lo contencioso administrativo pueda verificar la mala praxis de la Administración en toda la tramitación.

Ahora bien, mientras ha durado el proceso judicial, en algún caso, se ha procedido a embargar, debido a la multa pendiente, sueldos y cuentas corrientes de los sancionados. Pese a que el procedimiento se archiva, y la multa se revoca, el dinero que la Administración ya ha embargado no lo devuelve con la misma facilidad. Incluso según en qué fase se encuentra el embargo es necesario que se lleve a cabo una solicitud dirigida a Intervención del  Ministerio de Economía y Hacienda para que este Organismo devuelva el  monto que ya obraba en su poder. Toda esta odisea, por  una mala actuación de las Autoridades las cuales permiten un matrimonio, el cual pasa los correspondientes filtros que ellas mismas imponen, y posteriormente consideran, a partir de un Informe Policial, que pudiera ser de complacencia y sancionan. Y todo ello pese a que continúa el mismo inscrito en un Registro Público. En resumen, una verdadera barbaridad jurídica.

Victoria Viñamata

Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

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