Si estás interesado en desarrollar una actividad de investigación en una universidad, en un centro de I+D+I, en alguna entidad empresarial o en un organismo de investigación establecido en España y, además, cuentas con una oferta de empleo podrás solicitar una autorización de residencia al amparo de la Ley 14/2013 siempre y cuando cumplas los requisitos para ello.

La persona legitimada para presentar la solicitud será la universidad, el centro de I+D+I, la entidad empresarial, el organismo de investigación o un representante de dichas entidades debidamente acreditado ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE), presentando el contrato y la acreditación del órgano que contrata y donde se desarrollará la actividad investigadora.

De igual modo, puede solicitarse si estás en España en situación legal. Si por el contrario te encuentras fuera de España en el momento de la solicitud, una vez concedida ésta, deberás solicitar el correspondiente visado.

La autorización de residencia será renovable por períodos de dos años, siempre y cuando se mantengan las condiciones por las que se concedió inicialmente.

Infórmate con uno de nuestros abogados.

Anastasia Kuzmina
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Otras noticias