Extranjería
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Para poder acceder a la autorización de residencia de larga duración, las ausencias del territorio español durante los últimos cinco años no pueden superar los 10 meses.
Los reagrupados deberán solicitar el visado de reagrupación familiar de régimen general en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de notificación de la concesión de la autorización.
No hay un límite de tiempo, aunque lo recomendable, si se va a estar una larga temporada fuera de españa, es inscribirse como residente en el consulado español del país al que se desplace.
Puede tramitar un arraigo familiar, siempre que el hijo sea menor de edad, no siendo necesario el contrato de trabajo.
Por el hecho de nacer en españa no se adquiere la nacionalidad española de manera automática. Cuando la legislación de alguno de los padres del recién nacido, transmita a éste su nacionalidad, ésta será la que ostentará el menor. Si ninguno de los padres transmite al hijo la nacionalidad, entonces se puede solicitar la nacionalidad española acreditando aquella circunstancia. En los casos en que el menor posee la nacionalidad de sus padres, éstos podrán solicitar la nacionalidad española del menor, cuando el mismo cumpla un año con su autorización de residencia en nuestro país.
Tres meses. Para permanecer más tiempo en los estados unidos, los españoles deben solicitar el correspondiente visado ante el consulado americano.
En el expediente de nacionalidad hay que acreditar que se ha observado buena conducta cívica. El hecho de tener antecedentes penales o policiales puede ser motivo de denegación de la nacionalidad.
Sí, la tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE permite trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
No, el ser pareja de hecho de un español no otorga el beneficio de poder solicitar la nacionalidad en el plazo abreviado de un año. En su caso, lo que determina el tiempo mínimo de residencia legal para poder solicitar la nacionalidad española es la nacionalidad de origen del solicitante.
No, deberás tramitar una tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UEsi reúnes los requisitos para ello. Solo los ciudadanos españoles pueden dar derecho a este tipo de residencia.
Sí, además si el matrimonio está inscrito en un registro civil español, el certificado no podrá superar los 3 meses desde la fecha de su expedición. Si el matrimonio está inscrito en un registro civil extranjero, no podrá superar los 6 meses desde la fecha de expedición y deberá presentarse debidamente legalizado y traducido en su caso.
No, en general para tramitar una tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE, no es necesario que el ciudadano español o de nacionalidad europea acredite ser titular de una vivienda, sino que basta con probar que reside en el mismo domicilio que el familiar a quién da el derecho.
Sí, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
No, en este caso se obtiene una autorización de residencia por circunstancias excepcionales con exención de contrato de trabajo, que no da derecho a trabajar.
No. Uno de los requisitos indispensables para solicitar la modificación, es presentar un certificado conforme has finalizado los estudios por los que te concedieron la autorización de estancia por estudios que pretendes modificar.
Uno de los requisitos para poder obtener la autorización de residencia de larga duración es carecer de antecedentes penales y policiales, por lo que dicha detención puede afectar a la resolución favorable de tu solicitud. Antes de solicitar la misma, deberás cancelar tanto los antecedentes penales como policiales.
Sí, siempre será necesario que el ciudadano español o nacional europeo, acredite disponer de medios económicos suficientes.
Solo son necesarios medios económicos en el caso de que los solicitantes sean hijos mayores de 21 años, del ciudadano español o de su cónyuge o pareja registrada, o bien sean ascendientes menores de 65 años propios o del cónyuge o pareja.
Para acreditar la permanencia en España, será necesario presentar el pasaporte y el empadronamiento histórico.
Si hubiera una baja en el padrón de algunos meses y a fin de poder acreditar la permanencia mediante otras pruebas, estas deberán ser, en todo caso, pruebas públicas en las que conste la fecha y los datos del solicitante.
En el caso de que la Oficina de Extranjería deniegue la solicitud de una autorización de residencia, tenemos dos alternativas:
- Interponer un recurso de reposición ante la misma Oficina, en el plazo de un mes desde la fecha de notificación.
- Interponer un recurso contencioso-administrativo vía judicial, en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación.
Para decidir cuál de las dos opciones sería la más favorable, habrá que valorar las circunstancias particulares en cada caso.
La denegación del informe no es susceptible de recurso y se tendrá que realizar otra vez el procedimiento ordinario aportando o modificando el motivo por el cual se denegó.
El alta en Seguridad Social solamente lo puede realizar el empleador que presentó la documentación. Si una vez concedida la autorización, el empleador no quiere darte de alta, se deberá iniciar una nueva solicitud de arraigo ante la Oficina de Extranjería correspondiente.
La Ley y el Reglamento de Extranjería señalan que para tener derecho al arraigo hay que acreditar la permanencia continuada durante tres años en España, sin especificar el modo de probar ese requisito, por lo que hay que entender que cualquier medio de prueba válido en derecho serviría para demostrar esa permanencia.
Sí, la autorización de residencia por arraigo familiar da derecho a trabajar.
No, para poder trabajar en otro país de la Unión Europea, deberás disponer de autorización de residencia de larga duración UE y solicitar la autorización de residencia de larga duración en dicho país.
No. Tan solo con la autorización de residencia larga duración UE, se puede solicitar autorización para trabajar y residir en cualquier Estado miembro de la Unión Europea sin necesidad de solicitar previamente visado.
Sí, no es necesario acreditar medios económicos.
La nacionalidad únicamente se puede transmitir a los hijos menores de edad. El derecho de opción corresponde a los hijos que en el momento de aceptación de la nacionalidad española por el progenitor eran menores de edad, teniendo un plazo, para ejercer ese derecho, de dos años después de alcanzar la mayoría de edad.
El cónyuge y el resto de familiares del ciudadano español, deben tramitar su propio expediente de nacionalidad por residencia, reuniendo en su persona los requisitos legalmente exigidos para ello.
Deberás acreditar que dispones de, como mínimo, el 100% del IPREM para cada uno de los meses de duración de la matrícula de estudios presentada. Se exigirá, además, el 75% del IPREM para el primer familiaru200b y el 50% del IPREM para cada uno de los miembros adicionales, que en su caso quieras reagrupar.
No, cada solicitud es individual. Hay que hacer constar los hijos que se tienen en la solicitud, pero ello no implica que se esté realizando ningún trámite para ellos. Es importante relacionarlos si en un futuro se les quiere tramitar una solicitud de opción.
Sí. Estando residiendo en el extranjero, el uso habitual de la nacionalidad anterior a la adquisición de la española, o la adquisición posterior de otra nacionalidad, pueden provocar la pérdida de la nacionalidad.
Necesitarás un contrato de trabajo que, independientemente de la jornada, te garantice el salario mínimo interprofesional así como una vigencia de un año. El puesto de trabajo, no tendrá que estar relacionado con los estudios cursados.
No, no podrás tramitar un arraigo familiar si tienes antecedentes penales o policiales, si bien, no será necesario aportar ninguna documentación, ya que la comprobación se efectúa de oficio por parte de la administración.
Si eres estudiante de estudios superiores, tu autorización de estancia por estudios autorizará directamente a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, un máximo de 30 horas semanales. En el resto de casos, deberás solicitar la autorización de trabajo ante la Administración correspondiente.
Sí. En el caso de presentar solicitud de residencia por arraigo, y una vez que esta reúne los requisitos necesarios para ser concedida, la expulsión se revoca de oficio, sustituyendo la misma por una multa.
Sí, puedes solicitar la autorización de estancia por estudios desde España, siempre y cuando te quede, como mínimo, un mes de estancia regular.
No, la autorización de estancia como familiar de estudiante, solamente puede solicitarse desde el Consulado de España correspondiente.
Si eres titular de una autorización de residencia que has querido renovar, y ésta ha sido denegada, sí se puede solicitar una medida cautelar que permita continuar con los mismos derechos, incluyendo el trabajo, mientras dura la tramitación del juicio. Esto es solo, para autorizaciones de residencia que se pretendan renovar y no para autorizaciones de residencia iniciales, siendo que, en todo caso, su concesión dependerá del criterio judicial.
No, sólo podrá reagruparse a los hijos menores de 18 años o incapaces.
No. Todos los solicitantes mayores de edad tienen que realizar las pruebas salvo que hayan estudiado la eso en españa, o hayan sido dispensados por el ministerio de justicia.
No, para solicitar una autorización o visado como estudiante, los estudios deben ser presenciales.
Sí, necesitarás el certificado de antecedentes penales del país de origen debidamente legalizado y traducido en su caso.
Sí, existen varios supuestos por los que podrían extinguir la autorización de residencia de larga duración. Uno de ellos sería por la ausencia del territorio español de más de 12 meses consecutivos.
No, puedes examinarte de la prueba de integración (ccse) o de idioma (dele) en cualquier centro examinador en españa, independientemente de tu lugar de residencia o de empadronamiento.
Sí, pueden presentar la solicitud de opción en el consulado español correspondiente, y será éste el que determine qué documentos son necesarios.
Sí, ya que es necesario solicitar un informe de disponibilidad de vivienda adecuada para poder realizar el proceso de reagrupación familiar.
No, se puede presentar con exención de contrato de trabajo, aunque habrá que justificar que se cuenta con un familiar que tiene ingresos suficientes para el sustento de ambos.
No, lo importante es cotizar como mínimo tres meses a jornada completa y en el momento de renovar, estar de alta en Seguridad Social, independientemente del empleador que se tenga.
En la comisaría de policía de la provincia en que el solicitante se encuentre empadronado.
En estos casos, es preciso ser conscientes de que los procedimientos judiciales son lentos, y que por lo general, deberemos esperar aproximadamente un año para que el procedimiento finalice.
Los estudios deben tener una carga lectiva de, como mínimo, 20 horas semanales.
La renovación de la autorización de residencia de larga duración se renueva en la Comisaría Nacional de Policía en el plazo de 60 días antes de la caducidad de la misma.
Existen varios supuestos para poder solicitar la misma, pero el más habitual es obtenerla por haber residido de manera legal y continuada en España durante un mínimo de cinco años.
La regla general son 10 años de residencia legal, continuada y efectiva en españa, pero si eres latinoamericano, andorrano, filipino, ecuatoguineano o portugués, basta con dos años de residencia legal. Si eres casado con español, hijo o nieto de español de origen, o nacido en españa, bastará con acreditar un año de residencia.
Puedes prorrogar tu autorización de estancia por estudios desde 60 días antes de la fecha de caducidad de tu autorización y hasta 90 días después.
El supuesto más habitual es obtenerla por haber residido, de manera legal y continuada en España, durante un mínimo de cinco años.
El plazo para solicitar la modificación de tu autorización de estancia por estudios a una autorización de residencia y trabajo, es desde 60 días antes de la fecha de caducidad de tu autorización y hasta 90 días después.
Se puede solicitar una vez se disponga de autorización de residencia larga duración (antigua permanente), siempre y cuando disponga de ingresos fijos y regulares.
Se puede solicitar una vez se disponga de la autorización de residencia de larga duración o acreditando la residencia legal de 5 años en territorio español y siempre y cuando se disponga de ingresos fijos y regulares en España.
Ley 14/2013
- Todos
- Autorización de residencia para la búsqueda de empleo
- Autorización de residencia para prácticas profesionales
- Nómada Digital
- Profesional altamente cualificado (PAC)
- Residencia como inversor (Golden Visa)
- Traslado Intraempresarial
La autorización inicial tendrá una vigencia inicial de tres años, salvo que la relación laboral sea inferior, en cuyo caso estará vinculada a la fecha de finalización del contrato de trabajo. En los supuestos de autorización por traslado para la formación, la vigencia máxima será de un año y en caso de directivos y especialistas, la vigencia máxima será de tres años.
Las diferentes tipos de inversiones son: Inversión en activos financieros: -Deuda Pública (2 millones de €). -Acciones o participaciones sociales de sociedades de capital español (1 millón de €). -Fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España (1 millón de €). -Depósitos bancarios en entidades financieras españolas (1 millón de €). Inversión en inmuebles (500.000 €). Inversión en un proyecto empresarial en España.
El plazo legal de resolución es de 20 días hábiles. Si la Administración no resuelve en el plazo establecido, se aplicará el silencio administrativo positivo y se entenderá estimada.
No. Deberás acreditar que tienes una relación laboral o de prestación de servicios para una o varias empresas, que en ningún caso estén radicadas en España. Si obtuvieras una autorización como nómada digital por cuenta propia, entonces podrías facturar no más del 20% para una o varias empresas españolas.
No. La autorización para la búsqueda de empleo, te permite únicamente residir, pero no trabajar.
Sí, puedes solicitar una autorización como PAC desde España, siempre y cuando estés en situación regular.
Sí, puedes solicitar una autorización como nómada digital desde España, siempre y cuando estés en situación regular.
Sí, puedes solicitar una autorización como inversor desde España, siempre y cuando estés en situación regular.
Sí, puedes solicitar esta autorización desde España, siempre y cuando estés en situación regular.
Sí, siempre y cuando esté domiciliada en un territorio que no tenga la condición de paraíso fiscal conforme a la normativa española, y el solicitante debe tener la mayoría de sus derechos de voto y tener la facultad de nombrar y destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.
Si el puesto de trabajo que te están ofreciendo es como técnico o profesional científico e intelectual, el salario deberá ser de, como mínimo, 40.077 euros brutos anuales. Si el puesto de trabajo que te están ofreciendo es como director o gerente, el salario deberá ser de, como mínimo, 54.142 euros. En cualquier caso, se podrá aplicar un coeficiente reductor en el salario del 0,75 cuando el solicitante es menor de 31 años.
No. Es la única autorización que no te obliga a residir en España.
Sí. Esta autorización permite trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
No, la autorización es nominativa, de modo que te vincula a la empresa que ha solicitado la autorización en tu favor.
Deberás tener un título universitario o de estudios superiores, salvo que puedas acreditar una experiencia en el sector de, como mínimo, tres años.
Necesitas demostrar que percibes una cantidad equivalente al 200% del IPREM actual.
Deberás acreditar una relación de, al menos, tres meses.
Puedes solicitar una autorización de residencia para prácticas si cuentas con un convenio de prácticas extracurriculares, en cuyo caso la duración de la autorización podrá ser por un máximo de seis meses, prorrogable a seis meses más; o bien si cuentas con un contrato de prácticas profesionales, en cuyo caso la duración de la autorización podrá ser de mínimo seis meses hasta máximo un año.
Solamente podrás solicitar dicha autorización en el plazo de 60 días antes de la fecha de caducidad de tu autorización de estancia por estudios y hasta 90 días después.
El título obtenido deberá estar registrado en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT). El resto de títulos, no serán válidos.
Mediante la presentación de un título de educación superior o un certificado de finalización conforme estás a la espera del título. El título puede ser español o de cualquier otro país, en cuyo caso deberás estar legalizado y, en su caso, traducido.
Laboral
- Todos
- Despidos y Reclamaciones de Cantidad
- Incapacidad Temporal y Matenidad
- Modificación de contrato
- Pensiones
- Prestación por desempleo
- Varios
Sí, desde octubre del 2022 las empleadas domésticas cotizan por desempleo, y siempre y cuando la relación laboral se extinga por voluntad del empleador o despido, y se cumplan los requisitos de cotización, tendrán derecho a desempleo.
Correcto, siempre y cuando se inscriba el hijo/a en el Consulado de España y conste en la partida de nacimiento como progenitor el interesado que solicitará la paternidad.
No, es una excepción en la norma, pues si dejas un empleo voluntariamente, no puedes cobrar el paro.
Necesitarás quince años cotizados a la seguridad social, un periodo de cotización específico de dos años dentro de los últimos quince años cotizados y haber cumplido con la edad ordinaria de jubilación.
Que te despidan o la relación laboral temporal se extinga, y haber cotizado un mínimo de un año, dentro de los últimos seis años.
Puedes interponer una demanda judicial al amparo del artículo 50 ET, y solicitar por vulneración grave del empresario la rescisión del contrato, con derecho a una indemnización equivalente a la improcedencia del despido.
Debes saber que el plazo para reclamar tu despido es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de tu despido.
Se considerará un accidente in itinere y, por lo tanto, la mutua se hará cargo del pago de tu prestación, cobrando el 75% desde el día siguiente al mismo.
Es una pensión que concede el Instituto Nacional de la Seguridad Social para aquellas personas que debido a sus patologías médicas y limitaciones no pueden desarrollar su puesto de trabajo habitual, o bien cualquier trabajo.
Es una liquidación de haberes, que se entrega cuando la relación laboral se extingue, y la empresa abona al trabajador todos los conceptos que le adeude (días trabajados, parte proporcional de pagas extras o vacaciones pendientes de disfrutar).
Es un organismo público que trata las denuncias relacionadas con los abusos o irregularidades en materia laboral, y si alguna vez en tu trabajo están incumpliendo la ley, debes denunciarlo, de forma anónima, ante esta administración.
Es una prestación que concede la Mutua de Accidentes de Trabajo para todas aquellas mujeres que estén embarazadas y que el desarrollo de su puesto de trabajo implique un riesgo para el feto y para su embarazo. El cobro de la misma es el 100% de la base reguladora.
Recuerda que siempre debes firmar NO CONFORME la carta de despido, ya que la estás firmando conforme recibes la carta, pero no estás de acuerdo con el contenido. Eso facilitará la reclamación posterior.
Puedes viajar menos de quince días sin avisar al SEPE. Sin embargo, si vas a salir entre 15 y 90 días, debes avisar al SEPE para que suspendan la prestación. Si vas a viajar por un periodo superior a 90 días, debes cancelar el cobro de la prestación.
Sí, por escrito y siempre y cuando concedas el preaviso mínimo de 15 días, o bien el que establezca el convenio colectivo según tu categoría profesional.
No sin tu consentimiento. La empresa no puede realizar una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de forma arbitraria, pues te da derecho como trabajador a rescindir tu contrato de trabajo, con una indemnización si no la aceptas.
La baja por maternidad y paternidad en España es de 16 semanas. Las 6 primeras semanas son obligatorias, siendo que las 10 siguientes puedes pactar con tu empresa el cómo disfrutarlas, hasta que tu hijo/a cumpla el año.
El tiempo máximo para estar de baja médica son 545 días, y después será el Tribunal Médico el encargado de valorar el alta o la posible incapacidad permanente.
El tiempo máximo será por dos años, siempre y cuando hayas cotizado los seis últimos años a desempleo.
Cobrarás el 100% de la base reguladora media de los últimos doce meses, sin retención de IRPF.
Los 180 primeros días, cobrarás el 70% de la base reguladora media de tus últimos seis meses y a partir del día 181 el 60% de la misma, con los límites máximos que establece la ley.
Por despido improcedente la indemnización es de 33 días por año trabajado, y la de despido objetivo de 20 días por año trabajado, teniendo en cuenta las últimas doce nóminas para calcular la media de tu salario a efectos indemnizatorios.
Como mínimo debes llevar un año trabajado en la empresa, y la misma debe ser por un periodo mínimo de cuatro meses y un máximo de 5 años.
Judicial
En España la sucesión por causa de muerte se regula por la ley nacional del difunto. Si el difunto tenía nacionalidad española, habrá que tener en cuenta además cuál era su vecindad civil, ya que algunas Comunidades Autónomas tienen una regulación específica. Cuando la persona fallece sin haber hecho testamento, es la Ley la que determina a quién corresponde la Herencia y cómo se distribuye. Si corresponde suceder a los hijos, cónyuge sobreviviente o conviviente en pareja estable del difunto, la declaración de herederos y aceptación de herencia se tramitará ante el Notario. Si es a los hermanos a quienes corresponde heredar, la herencia se reclamará ante el juzgado de Primera Instancia que resulte competente.
Se puede solicitar la refinanciación de la deuda o la Dación en Pago.
El propietario mediante demanda judicial puede desalojar al inquilino del piso y reclamar los importes correspondientes a las rentas impagadas.
Para no tener que pagar a la propiedad ninguna penalización se debe comunicar por escrito a la misma, con una antelación mínima de 30 días, la intención de no continuar en el piso, salvo que en el contrato se establezca otro plazo.
Si la finca hipotecada constituía vivienda habitual del deudor hipotecario, no se puede embargar la nómina si ésta no supera los 961,00 € mensuales. Si además el deudor hipotecario tiene hijos o ascendientes a su cargo, que conviven con él, los 961,00 € se incrementarán en un 30% del salario mínimo interprofesional por cada familiar a su cargo. Los importes señalados variarán en función de las modificaciones que experimente el salario mínimo interprofesional.
Para iniciar acciones legales de cualquier tipo, tanto en la vía civil como en la penal, la legislación no exige disponer de autorización de residencia.
Si el Banco te ha puesto como condición para la concesión de la hipoteca, el pago de un seguro con prima única, es decir, un solo pago por toda la vida del préstamo, debes saber que, dicho pago es abusivo y por tanto puedes reclamar que se te devuelva el importe del seguro que aún no ha sido consumido.
Si has sido objeto de un fraude cibernético de tus cuentas bancarias, o te han robado tu tarjeta de débito o crédito y han hecho un mal uso con ellas, lo primero que debes hacer es bloquear tu cuenta o tus tarjetas bancarias. Posteriormente, deberás denunciar a la Policía según sea el caso, y poner una reclamación en el Banco, para que puedan devolverte dichos importes.
El Banco está obligado a devolver lo defraudado si no hubo negligencia por parte del cliente. En el caso de que se niegue a ello, se puede poner una reclamación ante el Banco de España o bien acudir a la vía judicial.
Estoy atravesando una situación de crisis económica, y no puedo pagar la hipoteca. ¿Qué puedo hacer?
Si estás atravesando una situación económica grave, en la que tus medios económicos han disminuido considerablemente o la hipoteca tiene un interés variable que ha derivado en una subida de la cuota hipotecaria provocando la imposibilidad de hacer frente al pago, puedes pedir la aplicación del Código de Buenas Prácticas.
Con el Código de Buenas Prácticas, dirigido a familias vulnerables que perciben ingresos mensuales inferiores a 1.800 euros, podemos conseguir carencias, cambios de tasas de interés, e incluso quitas del préstamo hipotecario.
Procede una reclamación de cantidad vía judicial.
Es muy recomendable consultar el Registro de la Propiedad para conocer las titularidades y cargas del inmueble que se pretenda comprar.
Efectivamente, se pueden reclamar los gastos hipotecarios a pesar de que hayan transcurrido más de diez años desde que se firmó el contrato de préstamo debido a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (ratificado además por el Tribunal Supremo) ha señalado que, la prescripción en estos casos, se cuenta desde que se declara la nulidad por Sentencia firme.
Mediante la obtención del Certificado de Actos de Última Voluntad.