Soy titular de una “tarjeta comunitaria” ¿puedo trabajar como autónomo?
Sí, la tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE permite trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
Sí, la tarjeta de residencia temporal de familiar de ciudadano de la UE permite trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena.
Para acreditar la permanencia en España, será necesario presentar el pasaporte y el empadronamiento histórico. Si hubiera una baja en el padrón de algunos meses y a fin de poder acreditar la permanencia mediante otras pruebas, estas deberán ser, en todo caso, pruebas públicas en las que conste la fecha y [...]
No, lo importante es cotizar como mínimo tres meses a jornada completa y en el momento de renovar, estar de alta en Seguridad Social, independientemente del empleador que se tenga.
El alta en Seguridad Social solamente lo puede realizar el empleador que presentó la documentación. Si una vez concedida la autorización, el empleador no quiere darte de alta, se deberá iniciar una nueva solicitud de arraigo ante la Oficina de Extranjería correspondiente.
No, se puede presentar un arraigo social, aunque habrá que justificar que se cuenta con un familiar que tiene ingresos suficientes para el sustento de ambos, o un arraigo socioformativo o arraigo de segunda oportunidad, cumpliendo con otros requisitos.
Puede tramitar una autorización de residencia de familiar de español, siempre que el hijo sea menor de edad, no siendo necesario el contrato de trabajo.
La Ley y el Reglamento de Extranjería señalan que para tener derecho al arraigo hay que acreditar la permanencia continuada durante dos años en España, sin especificar el modo de probar ese requisito, por lo que hay que entender que cualquier medio de prueba válido en derecho serviría para demostrar esa [...]
Se puede solicitar una vez se disponga de autorización de residencia larga duración (antigua permanente), siempre y cuando disponga de ingresos fijos y regulares.
No. Tan solo con la autorización de residencia larga duración UE, se puede solicitar autorización para trabajar y residir en cualquier Estado miembro de la Unión Europea sin necesidad de solicitar previamente visado.
Sí. En el caso de presentar solicitud de residencia por arraigo, y una vez que esta reúne los requisitos necesarios para ser concedida, la expulsión se revoca de oficio, sustituyendo la misma por una multa.