En el caso de que la Oficina de Extranjería deniegue la solicitud de una autorización de residencia, tenemos dos alternativas:
- Interponer un recurso de reposición ante la misma Oficina, en el plazo de un mes desde la fecha de notificación.
- Interponer un recurso contencioso-administrativo vía judicial, en el plazo de dos meses desde la fecha de notificación.
Para decidir cuál de las dos opciones sería la más favorable, habrá que valorar las circunstancias particulares en cada caso.