Efectivamente, se pueden reclamar los gastos hipotecarios a pesar de que hayan transcurrido más de diez años desde que se firmó el contrato de préstamo debido a que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (ratificado además por el Tribunal Supremo) ha señalado que, la prescripción en estos casos, se cuenta desde que se declara la nulidad por Sentencia firme.