12-05-2014

Los extranjeros que no son ciudadanos de la Unión Europea y están documentados con una cédula de inscripción si desean salir del territorio español deben saber que antes de viajar a su destino han de solicitar un “titulo de viaje”.

Este documento es una autorización emitida por la Dirección General de Policía y la Guardia Civil que habilita a viajar fuera de España y posibilita el regreso de la persona a nuestro país. Se expide a aquellas que son titulares de

una cédula de inscripción ya que no puede ser concedido sin tener ésta en vigor.  En el supuesto de que el objeto del viaje fuera exclusivamente posibilitar el retorno de la persona a su país de nacionalidad el documento no contendrá la autorización de regreso a España.

La documentación que deberemos presentar a la hora de solicitarlo es la siguiente:

  • Impreso de solicitud.
  • Cédula de Inscripción en vigor.
  • Una fotografía.
  • Se ha de abonar una tasa de 17, 53€

El tiempo máximo legal de resolución es de tres meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación. Transcurrido éste sin que la Administración haya practicado la notificación se podrá entender que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo. Eso sí, en la práctica el plazo de resolución suele ser muy breve, por lo general, menos de una semana.

Alba Subirats

Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

Otras noticias