A menudo, muchos de vosotros nos preguntáis qué características debe tener una empresa para poder ofreceros un contrato de trabajo y así poder solicitar una autorización de residencia y trabajo por circunstancias excepcionales, más conocida como arraigo social.

Pues bien, en primer lugar, es imprescindible que la empresa no tenga deudas ni con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Hacienda) ni con la Seguridad Social.

Además, la Oficina de Extranjería también va a tener en cuenta el número de bajas causadas durante el último año en la empresa, a fin de garantizar la futura permanencia en la misma.

Otra de las cuestiones que se van a valorar es, si la empresa tiene trabajadores a media jornada. En este sentido, hay que justificar por qué tiene trabajadores a media jornada y quiere contratar a un nuevo trabajador, en vez de aumentar la jornada a aquellos trabajadores que ya están contratados.

Si te encuentras en esta situación, no dudes en consultar con uno de nuestros abogados, puedes llamarnos al teléfono 932158077 o escribirnos un correo a infodespacho@antoniosegura.es

Cristina Romero
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

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