El pasado 20 de noviembre se cumplieron 30 años de la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y oportunidades en la infancia y la adolescencia prevé dos situaciones de desprotección del menor. Por una parte, la situación de riesgo que se da cuando el desarrollo y el bienestar del menor se encuentran limitados o perjudicados por cualquier circunstancia, pero, sin embargo, no es necesaria la separación del núcleo familiar. Y, por otra parte, el desamparo del menor, que se produce cuando este carece de los elementos básicos para su desarrollo integral. La diferencia radica en que en esta segunda situación sí será necesario separarlo de su núcleo familiar, para ello, intervienen organismos como la DGAIA en Cataluña, frente los cuales pueden impugnarse sus resoluciones.

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Clara Rico
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

 

 

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