Actualmente, y debido a multitud de fraudes, los registros civiles suelen hacer una audiencia reservada a los futuros cónyuges antes de autorizar un matrimonio cuando uno de los dos no dispone de una autorización de residencia en España.

Con esta entrevista se intenta determinar que el enlace es fruto de la voluntad de ambos cónyuges de formar una familia y que no obedece a fines migratorios, es decir, que no es un paso para obtener una autorización de residencia en España.

Este celo por parte de los Jueces, que son quienes han de autorizar el enlace, puede hacer que nuestro deseo de poder contraer matrimonio se demore meses en poder hacerse realidad.

Siempre debemos tener en cuenta que la solicitud para contraer matrimonio se debe presentar en el Registro Civil o Juzgado de Paz que corresponda al domicilio de uno de los futuros cónyuges. Esto determinará el tiempo que durará nuestro expediente ya que será en el momento de presentar la solicitud cuando se nos asignará una cita para realizar esa entrevista. Por lo que, dependiendo de la población, puede demorarse varios meses. A modo de ejemplo, si quisiéramos casarnos en Barcelona la cita para realizar la entrevista a la que nos hemos referido sería para el mes de julio, sin embargo, si nos quisiéramos casar en Hospitalet de Llobregat la cita sería para septiembre.

Después de haber realizado esta audiencia reservada todavía deberemos esperar entre tres semanas y tres meses, dependiendo del Registro Civil, para que se nos comunique si el Juez ha autorizado nuestro matrimonio o no. En el caso de que sí lo haya autorizado podremos elegir dónde casarnos, si en el mismo Registro Civil, en un Ayuntamiento o ante un Notario.

Elvira Rodríguez
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados