En caso de estar el padre o madre residiendo con un hijo menor en España, al mismo puede interesarle iniciar un procedimiento ante los juzgados españoles para conseguir una sentencia que reconozca, entre otras cosas, una obligación de alimentos; un régimen de guarda y custodia e incluso una privación del ejercicio de la patria potestad del otro progenitor del menor (puede ser necesario, por ejemplo, para empadronar al menor, escolarizarlo, incluso para obtener permiso de viaje del hijo al extranjero sin necesidad de que manifieste su acuerdo el otro progenitor), sea éste residente o no en España. Eso sí, si el hijo no se encontrase residiendo en nuestro país no podríamos iniciar el procedimiento porque la Ley obliga a interponer la demanda allí donde el menor esté viviendo.
Una vez obtenida la sentencia judicial firme de un Juzgado español que regule la pensión de alimentos de los hijos menores de edad (ya sea en un procedimiento de separación o divorcio, o de guarda y custodia, o de modificación de medidas definitivas fijadas en sentencia), lo que deberemos hacer es interponer una demanda de ejecución ante el mismo Juzgado que dictó la sentencia en la que se fija esa pensión de alimentos contra el progenitor obligado al pago de la pensión cuando éste no la abone o lo haga parcialmente.
Puede darse el caso de que el padre o madre con el que vive y el hijo menor, ya no se hallen residiendo en España porque con el paso del tiempo hayan decidido trasladarse a otro país. Si fuese así, el procedimiento de ejecución se podría iniciar igualmente en España, a través del abogado y el procurador, con poder de representación para pleitos.
Cuando tengamos el auto despachando la ejecución debemos contemplar dos posibilidades distintas:
A) La primera de ellas, que el otro progenitor no residente en España esté viviendo en un país de la Unión Europea. En este caso solicitaremos un testimonio judicial del auto de ejecución, el cual será de aplicación directa allí donde esté residiendo el progenitor incumplidor.
B) La segunda, que el otro progenitor no residente en España esté viviendo en un país extracomunitario. En este supuesto necesitaremos solicitar el testimonio judicial del auto de ejecución y, posteriormente, en el país de residencia del progenitor que no paga la pensión de alimentos, empezar un juicio de exequátur, o lo que es lo mismo, de reconocimiento de resolución judicial extranjera y, una vez reconocida, proceder a la ejecución.
Si te encuentras en alguna de estas situaciones o similar ponte en contacto con nosotros.