Para contraer matrimonio civil en España hay que presentar una serie de documentos que formarán el expediente matrimonial y que servirán al Juez Encargado para autorizar o no el matrimonio.
La documentación básica, sean los novios españoles o extranjeros, es:
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de estado civil actual.
- Acreditar el domicilio de los 2 últimos años.
- Copia de los documentos de identidad.
Las personas divorciadas o viudas deberán aportar, además, certificado de su matrimonio anterior, con la anotación de divorcio en el primer caso, y añadir el certificado de defunción del anterior cónyuge en el segundo.
Los documentos extranjeros deberán estar legalizados vía diplomática o apostillados según el país, y traducidos al español si están redactados en lengua extranjera.
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