Tanto en los expedientes antiguos como en los nuevos, legalmente se establece el plazo de un año para ser resueltos.
Una vez ha pasado un año desde la entrada de la solicitud de nacionalidad en el Ministerio de Justicia, la misma se entenderá denegada por silencio.
En estos casos, puede ser una buena opción presentar el recurso contencioso administrativo contra la denegación presunta prevista en la Ley, pues su interposición hace que la Audiencia Nacional pida el expediente al Ministerio de Justicia y ello provoca que éste se mueva.
El recurso contencioso no nos dará una respuesta inmediata a nuestra solicitud, pero sí puede hacer que se agilice su resolución.
En ANTONIO SEGURA ABOGADOS podemos ayudarte con la presentación de tu recurso contencioso, pero reiteramos que se trata de un recurso voluntario. Si el interesado decide no hacerlo, su solicitud seguirá su curso, y será resuelta por orden de presentación.