Existe la posibilidad de solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo social) cuando se cuentan con medios para poder realizar una actividad por cuenta propia. Esto es, para ser autónomo. Para ello, es imprescindible aportar a nuestra solicitud un Informe de Arraigo Social emitido por la Generalitat de Catalunya, en el caso de Cataluña, que exima de la presentación de un contrato de trabajo, así como un proyecto empresarial que puede ser sustituido, por ejemplo, con un informe de la CTAC, UPTA. También será necesario aportar un certificado bancario con el saldo medio anual y el saldo actual del solicitante y un volante de empadronamiento de convivencia.
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