Se trata de la consulta por parte del Ministerio de Justicia de los siguientes extremos:

  • Carencia de antecedentes penales o policiales por parte del solicitante.
  • Datos de residencia en España obrante en la plataforma de extranjería gestionada por la Secretaría General de Inmigración y Emigración.
  • Datos de empadronamiento.
  • Realización de la/s prueba/s en el Instituto Cervantes.
Elvira Rodríguez
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

 

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