• - Tengo un familiar que produce y distribuye un producto alimenticio en Brasil y me ha ofrecido que empiece a comercializarlo en España, ¿qué debo hacer para poder importarlo?

  • La importación de éste u otro producto puede realizarla como persona física o jurídica, constituyendo una Sociedad mercantil. En el caso concreto que nos expone, aparte de estar dado de alta en la Agencia Tributaria, necesita pedir el registro sanitario acompañado de una memoria de los productos que va a importar.

    El producto debe llegar con etiqueta en castellano, en la que debe figurar el nombre del producto, la composición, la fecha de caducidad, el lote y el importador con su dirección y número de Registro Sanitario.

    Además, la mercancía debe llegar con un Certificado Sanitario emitido por las autoridades sanitarias brasileñas en el momento de la exportación.

  • - Soy ciudadano ruso residente en Ucrania, me interesaría invertir en España sin necesidad de obtener una autorización de residencia, ¿cómo puedo hacerlo?

  • Para poder operar en España, realizar inversiones o explotar un negocio puede constituir una sociedad mercantil de la que usted puede ser titular de la totalidad o parte de sus participaciones o acciones. También puede ser administrador de la misma o disponer de poderes generales.

    Para ello, la legislación española le exige disponer de un número de NIE de no residente, a efectos de tributación. Este número puede obtenerlo en la Subdelegación del Gobierno o a través del Consulado Español en su país de origen o residencia legal. Este trámite debe realizarlo personalmente, por lo que no puede autorizar a tercera persona para que lo solicite en su nombre. Únicamente deberá acreditar que no se encuentra en situación irregular en España y la finalidad de la obtención del NIE.

    Una vez disponga del NIE de no residente ya podrá constituir la sociedad mercantil como si usted fuera un ciudadano español o residente legal en España, con alguna particularidad como la obligación de presentar ante la Agencia Tributaria la declaración de inversión extranjera.