«¿PUEDO INCAPACITAR A MI HIJO?»
La respuesta es sí, pero dependerá de las circunstancias concurrentes del caso. En el supuesto en que el hijo sea menor de edad, los padres siguen siendo sus representantes legales hasta que cumpla los 18 años pero, ¿qué sucede cuando el hijo que tiene que ser incapacitado es mayor de edad? Deberá instarse por los padres un procedimiento verbal de la modificación de la capacidad, para que ellos sigan siendo sus representantes y así puedan gestionar tanto su día a día como su patrimonio. En este procedimiento será esencial la exploración del presunto incapaz, la valoración de un médico forense y el testimonio de familiares cercanos. Si necesitas más asesoramiento o quieres poner en marcha un procedimiento de este tipo, solo tienes que contactar con el despacho de Antonio Segura Abogados, llamando al teléfono 932158077 o escribiendo un correo a infodespacho@antoniosegura.es