Una opción para poder traer a España a un menor del que no ejerces la patria potestad ni la tutela es tramitar un informe gubernativo de estancia de menores con fines de escolarización.
Éste es el informe previo del Subdelegado o Delegado del Gobierno para el desplazamiento de un menor a nuestro país en programas promovidos y financiados por las Administraciones públicas, asociaciones sin ánimo de lucro, fundaciones, otras entidades o personas ajenas a quienes ejercen su patria potestad o tutela, para estancias temporales con fines de escolarización.
En el supuesto de Cataluña deberán emitirse dos informes, uno por parte de la DGAIA y otro por parte de la Oficina de Extranjería, quienes informarán positivamente sobre la concesión del visado al Consulado de España correspondiente, en el caso de cumplir los requisitos.
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Virginia Villanueva
Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados