17-01-2017

En este caso hablamos de los documentos más usuales en procesos de extranjería y de solicitud de nacionalidad española. Es decir, el certificado de antecedentes penales y los certificados de nacimiento y de matrimonio. 

Para que dichos documentos sean plenamente válidos en España estos deben incorporar una hoja con el sello de la Apostilla de la Haya.  

Desde que entrara en vigor el Convenio de la Haya, el pasado mes de agosto, ya no es necesaria la legalización hecha por los Consulados españoles en ese país. 

Indicaros que la Apostilla debe ir unida al documento original y no a la traducción. Por ello, os recomendamos que hagáis la traducción en España ya que se exige que ésta haya sido realizada por intérprete jurado reconocido por el Ministerio de Asuntos Exteriores español. 

A continuación se relacionan las autoridades reconocidas por el Reino de Marruecos para apostillar dichos documentos: 

* El Procurador General del Rey ante el Tribunal de Apelación o sus representantes, para las actas emitidas por un funcionario dependiente de esta jurisdicción. 

* Los Procuradores del Rey ante los Tribunales de Primera Instancia o sus representantes para las actas emitidas por los responsables de los Tribunales del Reino incluidos aquellos emitidos por el Ministerio Público, así como toda acta emitida por los secretarios judiciales y los notarios. 

* El Secretario General del Ministerio de la Justicia y de las Libertades o su representante para las actas emitidas por la Administración Central de dicho Ministerio. 

Si tienes cualquier cuestión relativa a esto, no dudes en ponerte en contacto con uno de nuestros abogados.

Elvira Rodríguez

Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

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