28-03-2015

Para poder reagrupar a tu familia, siempre y cuando no ostentes la nacionalidad de ningún país de la Unión Europea ni tengas una tarjeta como familiar de un ciudadano de la Unión, debes solicitar ante el Ayuntamiento del municipio donde te encuentres empadronado un Informe de adecuación de vivienda para reagrupación familiar. Éste acredita que dispones de una vivienda adecuada para satisfacer las necesidades de los familiares a los que reagrupas.

Si dicho informe es favorable podrás presentar en la Oficina de Extranjería competente la solicitud de tu reagrupación familiar.

Pero, ¿qué pasa si éste es desfavorable? Puede darse esto porque, por ejemplo, haya mucha gente empadronada en tu vivienda. Si fuera así no es conveniente que presentes tu solicitud de reagrupación familiar ya que la Oficina de Extranjería te la denegará y, además, indicarte que no podrás recurrir la denegación de ese informe. Por tanto, será imprescindible que subsanes el defecto por el que te lo han denegado y una, vez lo hayas hecho, vuelvas a presentar la solicitud de informe ante el Ayuntamiento correspondiente.

Si te encuentras en esta situación contacta con uno de nuestros abogados.

Blanca Villamarín

Equipo Jurídico Antonio Segura Abogados

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